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Inocencia Fiscal II: qué cambia para quienes quieren usar los dólares del colchón para comprar una propiedad

El Senado sancionó la ley de Inocencia Fiscal II, una iniciativa que busca corregir algunas de las limitaciones que tuvo el régimen original e incentivar el uso de los denominados “dólares del colchón”. El texto fue aprobado por 44 votos a favor y 23 en contra. Ahora resta su promulgación, publicación en el Boletín Oficial y la reglamentación necesaria para su implementación.
En ese contexto, es relevante analizar qué cambia respecto de la primera ley de Inocencia Fiscal —vigente desde comienzos de 2026— y qué impacto podría tener sobre el mercado inmobiliario. Un dato clave es que algunas de las protecciones incorporadas por el nuevo régimen para la utilización de fondos tienen como fecha límite el 31 de diciembre de 2027. Es decir, los fondos no invertidos hasta esa fecha no gozarán de los beneficios de la norma

La ley original “tenía muchas falencias”, explica Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios. Dirigido a personas humanas y sucesiones indivisas, el esquema buscaba la simplificación fiscal.
Sin embargo, su implementación dejó algunos puntos sin resolver que eran importantes para las personas que querían utilizar ahorros no declarados en operaciones de montos elevados, como la compra de una propiedad.
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Impacto directo en la compra de propiedades
Al analizar los cambios que se realizaron sobre la ley anterior, Domínguez remarca algunos puntos que se relacionan de manera directa con el real estate:
1. Fin al reclamo retroactivo de Bienes Personales en la compra de inmuebles
Bajo el régimen actual de Inocencia Fiscal, si una persona utiliza dólares no declarados para comprar un inmueble, y cumple con las condiciones del régimen, ARCA está limitada a exigir el Impuesto a las Ganancias por el origen de esos fondos. Pero el organismo fiscal puede argumentar que esos dólares ya estaban en la posesión del contribuyente al 31 de diciembre del período fiscal anterior, o incluso de otros períodos fiscales. Por lo tanto, puede exigir el pago retroactivo del Impuesto sobre los Bienes Personales por el pasado.
Para solucionar este problema, Inocencia Fiscal II -la nueva ley- introduce “una ficción legal”. Es decir que establece que los fondos utilizados se consideran incorporados como bienes al patrimonio del contribuyente el mismo día en que se efectúa la compra. De esta manera, ARCA queda imposibilitada de imputar la tenencia de esos fondos a años anteriores para reclamar Bienes Personales.
Esta modificación otorga mayor seguridad jurídica al comprador, de esta manera elimina el riesgo de recibir un ajuste fiscal por períodos pasados al volcar sus ahorros a la adquisición de una propiedad.
2. UIF vs. ARCA
Actualmente, hay una problemática que involucra a la Unidad de Información Financiera (UIF) y a los escribanos. “En operaciones inmobiliarias que superan aproximadamente los US$180.000, los escribanos actúan como ´sujetos obligados´ ante la prevención de lavado de dinero", indica el tributarista y explica que por eso deben exigir al comprador que acredite el origen de los fondos.

Es decir, que si el comprador no posee esa documentación por utilizar dólares del colchón no declarados, la operación puede ser reportada como sospechosa. Los escribanos deben cumplir las exigencias establecidas por UIF y pueden quedar expuestos a sanciones si incumplen sus obligaciones de control.
En la primera versión de la ley, el Gobierno intentó por decreto que optar por el régimen simplificado fuera considerado como un “antecedente favorable” por los sujetos obligados, entre ellos los escribanos. Pero la UIF no modificó sus normas y la medida no funcionó en la práctica
Con la nueva Inocencia Fiscal, el antecedente favorable se incorpora en el texto de la ley. A su vez, se fija un plazo obligatorio de 15 días hábiles administrativos, a partir de la publicación en el Boletín Oficial, para que la UIF emita y adecue su normativa.
Esto no significa que los escribanos dejen de estar obligados a realizar controles ni que desaparezcan las exigencias vinculadas con la prevención del lavado de activos. El alcance concreto del cambio dependerá de la normativa que dicte la UIF, organismo que debe actuar además dentro del marco de los estándares internacionales definidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Es decir, hay un gris y no está tan clara la posibilidad de que alguien pueda comprar una propiedad sin el control de los escribanos.
Otras modificaciones relevantes
Otras modificaciones relevantes mencionadas en el proyecto, y que analiza el tributarista, son:
3. Redefinición de la discrepancia significativa y nuevo umbral mínimo
En primer lugar, es importante entender qué es la discrepancia significativa, que en este contexto hace referencia a la diferencia o inconsistencia que encuentra el Fisco, entre lo que la persona declaró y la información que el Fisco posee en sus sistemas o recibió de terceros. Si se configura una discrepancia significativa, se pierde automáticamente la presunción de exactitud y los beneficios de Inocencia Fiscal. Cualquier diferencia técnica puede considerarse una discrepancia y se anulan los beneficios del régimen.
Lo que se modifica con la nueva ley, es que para que haya una discrepancia deben ocurrir dos factores: el ajuste causal debe ser igual o superior al 15%; y debe ser mayor al 5% del Monto Objetivo de Punibilidad (la cifra mínima de dinero establecida por el Régimen Penal Tributario para la evasión simple). Todavía la ley no especifica en qué momento se debe medir el MOP. Hoy, serían unos $ 5.000.000
4. Opción de rectificar y pagar en 15 días sin perder beneficios
Otro cambio relevante es la posibilidad de corregir determinadas diferencias detectadas por ARCA sin perder inmediatamente los beneficios del régimen.
Con el régimen que funciona ahora, después de presentar la declaración jurada, si ARCA detecta una diferencia en la declaración, se considera que se cometió una “discrepancia” y se pierde automáticamente el blindaje.
Con la Inocencia Fiscal II se otorgan 15 días hábiles para que el contribuyente arregle el desajuste, y de esta manera no pierda la protección del régimen. “Tus dólares y tu patrimonio siguen estando 100% blindados. Es una forma de ‘comprar tranquilidad’ pagando la diferencia reclamada sin arriesgar el beneficio general”, explica Domínguez.

5. Bloqueo de las presunciones
El artículo 18 de la Ley de Procedimiento Tributario (Ley 11.683) le otorga al Fisco herramientas de sospecha para asumir, sin tener que probarlo, que determinados fondos son ganancias no declaradas.
En Inocencia Fiscal I, la norma limitó la utilización de la presunción vinculada con los incrementos patrimoniales no justificados, pero quedó abierto el tratamiento de otras presunciones, entre ellas las relacionadas con los depósitos bancarios. En la nueva versión se incluye.
Entonces, si un individuo realiza un movimiento bancario o una transferencia, el Fisco no puede tomar esos depósitos bancarios como presunción automática de ingresos no declarados.
Además, se limita el uso de otras presunciones e indicios.
¿Quiénes pueden adherirse al régimen simplificado?
El régimen está dirigido de manera general a personas humanas y sucesiones indivisas inscriptas en el Impuesto a las Ganancias que opten por el régimen simplificado, presenten su declaración jurada en término y abonen el saldo en tiempo y forma.
A partir de ahí, los perfiles concretos que pueden aplicar son:
- Empleados en relación de dependencia y jubilados
- Autónomos y profesionales inscriptos
- Contribuyentes con casos mixtos (Monotributo + Ganancias): Un monotributista que además realiza una actividad por la cual está inscrito en Ganancias
El monotributista exclusivo no puede aplicar. Para poder hacerlo debería renunciar al monotributo e inscribirse en el Impuesto a las Ganancias y recién ahí optar por el régimen simplificado de Ganancias.
Además deberá inscribirse en el IVA y en jubilación autónomos, si corresponde.
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¿Van a aumentar las compras de inmuebles?
El nuevo marco fiscal presenta ventajas para el mercado inmobiliario. Sin embargo, esto no implica necesariamente que la sanción de la ley vaya a traducirse automáticamente en un aumento de las operaciones inmobiliarias.

“Si un empleado o jubilado usa sus dólares para comprar un inmueble y lo destina al alquiler de vivienda, puede acceder a un triple beneficio impositivo”, resalta Domínguez, y enumera:
- Exención en Impuesto a las Ganancias: Las rentas generadas por el alquiler de vivienda están exentas del Impuesto a las Ganancias.
- Exención en Ingresos Brutos (CABA): Si la propiedad está en CABA, también queda exenta de Ingresos Brutos (respetando los montos legales).
- No tributar Bienes Personales: Si registra el contrato en el RELI y el valor del inmueble no supera el Mínimo No Imponible para inmuebles con destino a casa habitación, no tributa el impuesto por ese bien.
“Es una alternativa muy atractiva y de bajo riesgo fiscal para pequeños ahorristas que buscan canalizar sus fondos”, aclara. Pero, un punto importante que resalta el especialista, es que cada caso es distinto. “Se debe analizar cada caso particular para ver si corre riesgos o no utilizando los dólares, porque se reformó y mejoró, pero no se puede generalizar que cualquiera debería inscribirse”, señala Domínguez.
Además, se debe analizar el contexto del país antes de comprar una propiedad. “La decisión de comprar o invertir en un inmueble depende de diversas variables, como las económicas”, explica Domínguez y ejemplifica con los precios de las propiedades, la inflación, tipo de cambio y el escenario político, particularmente ante la cercanía de un año electoral.
En ese sentido, el tributarista advierte sobre la incertidumbre respecto de la permanencia de estas reglas en el futuro. “El peronismo dice que va a dar vuelta atrás todo lo que hizo Milei”, concluye Domínguez, en referencia a la posibilidad de que un eventual cambio de signo político modifique las exenciones o beneficios actualmente vigentes.
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Midterm 2026 en Texas: Talarico vs. Paxton y quién gana las elecciones según últimas encuestas

Las elecciones de medio término de Estados Unidos, conocidas como midterms, tendrán en Texas una de sus principales contiendas por el Senado, con el representante estatal demócrata James Talarico y el fiscal general republicano Ken Paxton como principales candidatos.
Qué muestran las últimas encuestas entre Talarico y Paxton en Texas
Las mediciones más recientes realizadas durante septiembre ubican a Talarico por encima de Paxton, aunque la distancia cambia según la encuestadora y en algunos casos queda dentro del margen de error informado, analizó The Texas Tribune, que tuvo acceso a los relevamientos.

El sondeo más reciente corresponde a Trafalgar Group, que consultó a 1079 votantes probables entre el 15 y el 17 de septiembre. Talarico obtuvo 46,4%, mientras que Paxton alcanzó 45,2%. La diferencia fue de 1,2 puntos porcentuales, con un margen de error estimado de ±2,9 puntos.
Una encuesta de Emerson College, patrocinada por Nexstar y realizada entre el 12 y el 14 de septiembre entre 1000 votantes probables, mostró una diferencia de un punto: 47% para Talarico y 46% para Paxton. Su intervalo de credibilidad fue de ±3 puntos.
Las encuestas que muestran las mayores diferencias entre los candidatos
Otras mediciones de septiembre registraron distancias más amplias. SoCal Strategies consultó a 649 votantes probables entre el 12 y el 13 de septiembre y obtuvo 50% para Talarico y 45% para Paxton, una brecha de cinco puntos.
Por su parte, ReconMR/Siena Research Institute encuestó a 614 votantes probables entre el 8 y el 11 de septiembre. El resultado fue de 49% para el candidato demócrata y 43% para el republicano, una diferencia de seis puntos.
Mason-Dixon Polling & Research, con Telemundo como patrocinador, consultó a 625 votantes probables entre el 8 y el 10 de septiembre. La medición ubicó a Talarico con 46% y a Paxton con 43%, con un margen de error de ±4 puntos.
En el mismo período, InsiderAdvantage encontró una diferencia de 1,5 puntos. Su encuesta, realizada entre el 8 y el 9 de septiembre entre 1200 votantes probables, registró 47,1% para el demócrata y 45,6% para el republicano. El margen de error estimado fue de ±2,83 puntos.
Una medición anterior de YouGov, patrocinada por Univision y realizada entre el 27 de agosto y el 4 de septiembre, mostró 48% para Talarico y 43% para Paxton entre 1000 votantes registrados. A diferencia de los estudios anteriores, esta encuesta trabajó con votantes registrados y no con votantes probables.

Por otro lado, la consultora Fabrizio Ward/Impact Research, con AARP como patrocinador, también registró una ventaja para Talarico: 48% frente a 44%.
The Texas Tribune señala que los candidatos se mantienen próximos en las mediciones. Desde la segunda vuelta del 26 de mayo, Talarico registró resultados ligeramente superiores a los de Paxton en el conjunto de los sondeos relevados.
La evolución de las encuestas entre Talarico y Paxton desde agosto
Los estudios de agosto mostraron variaciones en la carrera. El 26 de ese mes, Overton Insights, identificada en el relevamiento como una encuestadora afiliada a los republicanos, registró un empate de 50% entre ambos candidatos.
Una medición de Emerson College realizada el 9 y 10 de agosto había ubicado a Paxton con 47,25%, frente al 46,25% de Talarico. Otros sondeos de ese mes mostraron el resultado opuesto.
YouGov, con la Universidad de Texas como patrocinadora, registró 42% para Talarico y 39% para Paxton entre el 5 y el 13 de agosto. Slingshot Strategies, por su parte, obtuvo entre el 21 y el 24 de agosto 48% para el demócrata y 42% para el republicano.
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Un especialista explicó en detalle cuántas veces hay que lavarse las manos y cuál es el lugar de la casa con más gérmenes

“El 80% de las enfermedades se transmiten a través de las manos”, afirmó Jorge Tartaglione en LN+ y desmitificó creencias comunes sobre qué áreas del hogar concentran la mayor cantidad de microorganismos.
Contrario a lo que la mayoría supone, el lugar más contaminado de una casa no es el baño, sino la cocina, debido a la combinación de humedad persistente, restos orgánicos y el calor derivado de la cocción, factores que crean un caldo de cultivo ideal para bacterias, hongos y virus.
Dentro de este espacio, la esponja de cocina se posiciona como el objeto con mayor carga bacteriana, acumulando, según el facultativo, cerca de “3500 millones de gérmenes”.
“Mientras más cosas tengamos en la cocina, mayor cantidad de problemas de contaminación hay”, subrayó.
En cuanto a las recomendaciones, Tartaglione sostuvo: “Algo ideal, que es agarrar un tupper o ponerlo en la bacha de tu cocina, ponerle un poco de lavandina, tirar el trapo, tirar la esponja, lo podés hacer continuamente”.
Asimismo, hizo hincapié en el salero, un elemento frecuentemente ignorado en las rutinas de limpieza: “El 48% de los frascos que hay en una cocina están contaminados” por contaminación cruzada, producto de manipular carne cruda y luego tocar el recipiente sin previo lavado de manos, permitiendo que los patógenos se transfieran directamente al condimento.
El celular, un foco clave
El análisis también puso el foco en el teléfono celular, ya que las personas suelen llevar el dispositivo al baño: “6 de cada 10 celulares está contaminado con materia fecal”. En este marco, el especialista recomendó lavarse las manos al finalizar cualquier uso del sanitario: “Palma con palma, dorso con dorso, dedo con dedo, pulgar, pulgar, pulgar”, detalló sobre el lavado.
En cuanto al secado de las manos, aclaró que es un paso fundamental, ya que dejarlas húmedas incrementa significativamente la posibilidad de crecimiento bacteriano. Si bien los dispositivos de aire caliente son comunes en lugares públicos, el profesional prefirió el uso de papel descartable para asegurar una sequedad total.
El especialista subrayó además una práctica esencial para reducir la dispersión de microorganismos: bajar la tapa del inodoro antes de tirar de la cadena, debido a que “la dispersión de los gérmenes son 8 metros”, advirtió, enfatizando que las corrientes de aire transportan estas partículas a través del baño.
Por último, ante la duda sobre cómo el ser humano logra mantenerse saludable a pesar de esta convivencia constante con agentes patógenos, el especialista explicó que, pese a las defensas naturales, cuando la persona está vulnerable o en una etapa de la vida más compleja, es mucho más difícil evitar el contagio.
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Daniel López Rosetti: “La dosis indicada de caminata rápida es llegar a 150 minutos semanales”

El médico cardiólogo Daniel López Rosetti detalló el valor del ejercicio corporal como una herramienta terapéutica fundamental para el abordaje de la salud mental y analizó el impacto del deporte en pacientes con cuadros de angustia y tristeza frente al incremento de casos por el estrés actual.
Según el profesional de la salud los beneficios del movimiento sobre el cerebro presentan tiempos específicos para su consolidación e indicó que la mejoría no ocurre de forma inmediata, sino que requiere un proceso de adaptación biológica.
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“Entre un mes y dos meses. Los trabajos publicados, el beneficio no es inmediato, pero es casi inmediato para alguien que tiene depresión; entre las cuatro y las ocho semanas, se notan los beneficios”, expresó.
Frecuencia y dosis semanal recomendada
La efectividad de la actividad motriz depende de la regularidad y el volumen de tiempo dedicado. En este marco, el cardiólogo citó los estándares internacionales para definir la cantidad de ejercicio necesaria para obtener resultados médicos. “La dosis es la indicada habitualmente por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en el caso del ejercicio físico aeróbico que es llegar a 150 minutos semanales de caminata rápida. Si uno camina rápidamente, sin parar, 30 minutos, bueno, 3 por 5, 15, 30 minutos, 5 veces por semana, es dosis suficiente”.
Además, el especialista remarcó la importancia de mantener el tono muscular: “Siempre es bueno hacer actividad física de musculación, es decir, para aumentar el tono muscular. Esa sería la dosis de la medicación”.

Ejercicios aeróbicos y de musculación como terapia
El especialista comparó las diversas modalidades de ejercicio y su eficacia en el tratamiento de trastornos anímicos. Tanto las actividades de resistencia cardiovascular como el fortalecimiento muscular aportan ventajas equivalentes para la psiquis.
El médico aclaró al respecto: “Los trabajos publicados hablan de actividad física aeróbica, esto es, caminata, caminata rápida, jogging y pesas. El ejercicio de resistencia o ejercicio de musculación tiene el mismo efecto que el ejercicio físico aeróbico en términos de tratamiento de depresión”.
Impacto del movimiento en el desánimo transitorio
Según el especialista, el estrés y las frustraciones cotidianas generan un estado anímico deprimido que afecta la capacidad de disfrutar. En estos casos, vinculados a la emocionalidad vivencial, la respuesta al ejercicio físico es mucho más veloz que en la patología clínica.

“Es cierto que en los días que en que vivimos es cada vez más frecuente un estado anímico deprimido por frustraciones, por cuestiones emocionales vivenciales, por el estrés mismo, cuyo manifestación sintomática muchas veces es la tristeza, el decaimiento, la imposibilidad de sonreír, la imposibilidad de disfrutar la situación anímica amortiguada o anestesiada”.
El profesional concluyó su análisis con una distinción clara: “En esos casos la actividad física tiene efectos también muy positivos, pero mucho más rápido que en el caso de la depresión. En una persona que tiene una condición anímica deprimida la actividad física mejora a la persona; en escasos días, el movimiento es un medicamento”.
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